Beneficios

Beneficios fiscales ofrecidos por la Provincia de Buenos Aires

Leyes aplicables:

  • Ley Provincial (Provincia de Buenos Aires) 13656/2007, Decreto 523/2008
  •  Resolución de  la Autoridad Impositiva de la Provincia de Buenos Aires 84/2009 

Actividades promovidas:

  •  Incluye la fabricación de automóviles

Principales beneficios:

  • Acceso a financiamiento con condiciones preferenciales;
  • Exención de impuestos provinciales;
  • Tratamiento preferencial en licitaciones publicas llamadas por la Provincia de Buenos Aires (en caso de igual o menor al 5% de diferencia en condiciones y precios con otras compañías no incluidas en promoción - 10% para compañías con calificación internacional)

Exención total hasta diez (10) años acorde al desarrollo del Plan Industrial para los siguientes impuestos: 

  • Impuesto Inmobiliario
  • Ingresos Brutos (3,5%)
  • Impuesto de sellos
  • Impuestos Automotores
  • Impuestos sobre el consumo de Energia

Flexibilidad en espacios

Variantes de contratación ajustadas a necesidades de los clientes.

Radicación con prefactibilidad territorial acordada.

 

Beneficios ofrecidos por la Promoción Industrial Municipal

Leyes aplicables:

  • Ordenanza 3519 - Municipalidad de Berazategui

Aplicables a los siguientes impuestos y cargos:

  • Tasa de seguridad e Higiene
  • Tasa por habilitación de Industria
  • Tasa por inspección de medidores, Motores, Calderas y demás instalaciones
  • Tasa por contraste de pesas y medidas
  • Derechos de construcción
  • Derechos de publicidad y propaganda

Periodos generales de eximición:

  • 1 a 30 empleados exención hasta 3 años y hasta 100% de las tasas referidas
  • 31 a 60 empleados exención hasta 4 años y hasta 90% de las tasas referidas 
  • 61 a 100 empleados exención hasta 4 años y hasta 80% de las tasas referidas 
  • Mas de 100 empleados exención hasta 6 años y hasta 75% de las tasas referidas 
  • Por tratarse de un Parque Industrial los Beneficios están disponibles hasta 2 años adicionales
  • La Eximición puede alcanzar los 10 años y el 100% de los beneficios cuando las actividades desarrolladas son consideradas de Especial Interés Local